REFORMA LEY DE COMPAÑÍAS: SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS (S.A.S.)

REFORMA

Tras la expedición de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, el 10 de junio del 2025, se incluyeron ciertas disposiciones reformatorias a otras normas, entre estas la Ley de Compañías, que detallamos a continuación:

 

Prohibición Objeto social de las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S.):

Las SAS no podrán realizar actividades:

  • Relacionadas con operaciones financieras, de mercado de valores, seguros (actividades que ya estaban prohibidas).
  • Operaciones vinculadas a los sectores estratégicos, de minería o actividades vinculadas a estos campos (entendiéndose a los sectores estratégicos como: hidrocarburos y demás recursos no renovables, electricidad, telecomunicaciones, agua, biodiversidad y patrimonio genético).
  • Otras con tratamiento especial (casos específicos como compañías de servicios auxiliares que presten servicios a las entidades de los sectores financieros público y/o privado, las denominadas fintech, de transporte, entre otros).

 

Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.

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