La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) emitió la Norma de control para la prevención, detección y combate del delito de lavado de activos y la financiación de otros delitos en las entidades del sector financiero popular y solidario.
La Norma, que fue publicada en el Registro Oficial No. 102, del 14 de agosto de 2025, es de cumplimiento obligatorio para cooperativas de ahorro y crédito, asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para vivienda, cajas centrales y la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias (CONAFIPS), bajo el control de la SEPS, con el fin de implementar un Sistema de Prevención y Administración del Riesgo de Lavado de Activos y la Financiación de otros Delitos (SPARLAFD) en cada una de las entidades.
Este sistema se conformará por políticas, procesos, mecanismos y metodologías de administración de riesgos de cada entidad, alineados con el Manual de Prevención, Detección y Gestión del Riesgo Asociado al Delito de Lavado de Activos que deberá emitir la SEPS. De tal forma, cada entidad financiera tendrá que generar los siguientes productos: perfil de riesgo, matriz de riesgo, segmentación de mercado, señales de alerta y sistema de información y reportería del riesgo.
La Norma se vincula con los criterios Environmental, Social and Governance (ESG), pues exige a las entidades identificar y gestionar los riesgos no solo desde una perspectiva financiera, sino también considerando el entorno económico, social y geográfico de sus propias actividades y las de sus contrapartes. De esta manera, el SPARLAFD promueve prácticas responsables y éticas, y evita que el sistema financiero popular y solidario sea utilizado para actividades ilícitas o que generen efectos negativos para la sociedad y el ambiente.
A continuación, se describen los aspectos esenciales vinculados con los criterios ESG:
Ambiental
- La Norma exige que las entidades identifiquen y analicen las características de las zonas geográficas y actividades económicas en las que operan sus contrapartes, considerando la existencia de economías ilícitas o actividades vulnerables como la minería artesanal o informal, lo que permite detectar riesgos ambientales asociados a actividades con impacto negativo.
- Asimismo, las entidades deberán aplicar medidas reforzadas de debida diligencia cuando las contrapartes operen en sectores expuestos a riesgo alto, incluyendo actividades con impacto ambiental o de difícil trazabilidad.
Social
- Las entidades deben adoptar un Código de Ética e incluir principios de integridad, transparencia, igualdad, diversidad e inclusión, así como mecanismos de prevención de conflictos de interés y canales confidenciales de denuncia.
- La Norma exige implementar programas anuales de capacitación y concientización dirigidos a todos los niveles y contrapartes (socios, clientes, proveedores, corresponsales), con el fin de fomentar una cultura de cumplimiento y buenas prácticas.
- Se establecen procedimientos de conocimiento de contrapartes (conozca a su socio, empleado, proveedor, corresponsal), con enfoque proporcional al nivel de riesgo, para garantizar una interacción responsable y transparente en la prestación de servicios.
Gobernanza
- Se establece un modelo preventivo conformado por tres líneas de defensa con funciones y responsabilidades diferenciadas y coordinadas entre las áreas operativas, las unidades de riesgo y las instancias de auditoría de cada una de las entidades, fortaleciendo la gobernanza institucional.
- Se exige que las políticas de prevención, procedimientos, metodologías y manuales sean aprobados por el Consejo de Administración o Directorio de cada entidad, y que el oficial de cumplimiento tenga independencia funcional y acceso directo a los órganos de gobierno.
- Los órganos de gobierno y el Comité de Cumplimiento deberán monitorear, evaluar y adoptar medidas correctivas frente a observaciones del SPARLAFD, incluyendo la emisión de directrices y sanciones en caso de incumplimientos.
Recomendaciones AVL
- Actualizar los manuales y políticas del SPARLAFD de acuerdo con la nueva Norma e integrar criterios ESG dentro de las metodologías de riesgo.
- Implementar procedimientos de identificación y segmentación de contrapartes que tengan en cuenta riesgos ambientales y sociales, especialmente en zonas con actividades vulnerables.
- Revisar el Código de Ética de cada entidad para asegurar la incorporación de los principios de igualdad, diversidad e integridad y la existencia de canales seguros de denuncia.
- Reforzar la capacitación de los órganos de gobierno y del personal, incorporando contenidos sobre sostenibilidad, integridad y responsabilidad social.
- Verificar que el oficial de cumplimiento cuente con independencia funcional efectiva y acceso directo a los órganos de gobierno.
Fuente:
- Resolución No. SEPS-IGT-2025-0113
Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés y por tanto no podrá ser considerada como una asesoría provista por AVL. Cualquier inquietud comunícate con el equipo de AVL Abogados.