MEM reforma el Instructivo para Otorgamiento en Procesos de Petición de Concesiones para Minerales no Metálicos o Materiales de Construcción en el Régimen de Pequeña Minería

MEM reforma

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) expidió el Acuerdo Ministerial MEM-MEM-2025-0023-AM, que reforma el Instructivo para el Otorgamiento de Concesiones Mineras para Minerales no Metálicos o Materiales de Construcción, de hasta 300 hectáreas Mineras, bajo el Régimen Especial de Pequeña Minería.

Esta normativa fortalece el proceso de petición para el otorgamiento de estas concesiones mediante criterios técnicos claros, plazos definidos y mecanismos de verificación que buscan garantizar la transparencia, trazabilidad y legalidad.

Los siguientes son los aspectos más relevantes de esta normativa:

  1. Se establece un límite de 300 hectáreas mineras para cada concesión y una producción máxima de 1000 toneladas a cielo abierto por día. Pero, es posible solicitar más de una, siempre que cada concesión no supere más de 300 hectáreas y no formen un solo polígono.

 

  1. Se introduce el Sistema Integral de Gestión Minera, que digitaliza el proceso y exige la graficación previa del área como primer paso en el proceso de petición. No obstante, la solicitud aún debe ser presentada en físico.

 

  1. Se establece una evaluación de idoneidad técnica, financiera y legal con puntaje mínimo requerido. Será realizada por un equipo multidisciplinario para el efecto considerando unos parámetros establecidos. Solo si se alcanza los 100 puntos, la autoridad solicitará a la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM) la emisión del informe catastral del área solicitada:
  • Plan de trabajo e inversión – 60 puntos
  • Revisión económica – 30 puntos
  • Revisión jurídica – 10 puntos

 

  1. El plan de trabajo e inversión se vuelve obligatorio y fundamental. Debe incluir al menos lo siguiente:
  • Descripción técnica y operativa del proyecto: geología, metodología, exploración y volumen estimado.
  • Equipos y procesos: maquinaria, insumos y tratamiento del material.
  • Gestión social y laboral: personal, salarios y relacionamiento comunitario.
  • Seguridad y prevención: planes de salud ocupacional y contingencias.

 

  1. Se exige capacidad financiera comprobada, incluyendo certificados bancarios y declaraciones tributarias. También certificados de cumplimiento de obligaciones y existencia legal en caso de solicitantes que sean personas jurídicas extranjeras.

 

  1. En cuanto a aspectos procesales, ahora se permite subsanar observaciones en distintas fases, no solo al inicio. Además, hay una participación activa de las coordinaciones zonales y mayor control técnico. También, se permite a la autoridad suspender o ampliar plazos en casos justificados.

 

 

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