La Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) anunció la imposición de sus primeras sanciones administrativas desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP) y normativa secundaria. Las resoluciones recaen sobre la Liga Profesional de Fútbol del Ecuador (LIGAPRO) y la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), tras verificarse incumplimientos vinculados al tratamiento de datos personales mediante las aplicaciones Fan ID y Fan FEF.
La autoridad ejecutó requerimientos de información, actuaciones previas e inspecciones in situ, además de dictar medidas correctivas que no fueron cumplidas. Frente a ello, la SPDP inició los respectivos procedimientos sancionadores.
Objeto y alcance
Las resoluciones giran en torno a la verificación de una infracción grave conforme el artículo 68 numeral 1 de la LOPDP, por la falta de medidas administrativas, técnicas, físicas, organizativas y jurídicas suficientes para asegurar un tratamiento adecuado y compatible con la normativa vigente.
Hallazgos esenciales
En el caso de la LIGAPRO, la SPDP verificó que el consentimiento recabado a través de la aplicación Fan ID no fue obtenido válidamente, lo que obligó a la organización a informar a 14.398 titulares y a eliminar los datos personales correspondientes de estos titulares en todas sus bases.
En el caso de la FEF, la SPDP determinó la obligación de adecuar procesos internos, lo que incluye la actualización del Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) y la implementación de una Política de Protección de Datos conforme a la LOPDP. Además, ordenó notificar a los titulares sobre la invalidez del consentimiento obtenido y eliminar los datos tratados mediante el aplicativo Fan FEF.
Sanciones impuestas
Liga Profesional de Fútbol del Ecuador (LIGAPRO)
La SPDP declaró su responsabilidad administrativa e impuso una multa de USD 259.644,01. Ordenó además informar a 14.398 titulares que el consentimiento recabado no fue obtenido válidamente y dispuso la eliminación de estos datos personales de todas las bases administradas por la organización.
Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF)
La SPDP impuso una multa de USD 194.856,16. La Federación deberá actualizar su Registro de Actividades de Tratamiento, implementar una Política de Protección de Datos alineada a la LOPDP, informar a los titulares sobre la invalidez del consentimiento obtenido y proceder con la eliminación de los datos gestionados a través del aplicativo Fan FEF.
Implicaciones regulatorias
Estas resoluciones constituyen un precedente significativo en la aplicación del régimen sancionador ecuatoriano. La SPDP envía un mensaje claro a todos los responsables y encargados del tratamiento: el cumplimiento ya no puede ser meramente declarativo. Se exige evidencia verificable, medidas de seguridad proporcionales al riesgo, políticas externas e internas actualizadas y modelos de gobernanza de datos capaces de demostrar trazabilidad y control.
Para las organizaciones del sector privado, estas decisiones evidencian la necesidad de contar con mecanismos para validar el consentimiento, sistemas de seguridad adecuados, políticas externas e internas vigentes, evaluaciones periódicas y una capacidad de respuesta efectiva ante requerimientos de la SPDP.
Para evitar sanciones, medidas correctivas y otras contingencias administrativas, es fundamental contar con un cumplimiento robusto en materia de protección de datos personales. Para cualquier aclaración o acompañamiento jurídico especializado, consulte con AVL.
Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL.