El 21 de agosto de 2026 se publicó en el Registro Oficial la nueva Guía de Compliance en Materia de Competencia Económica (Guía 2026) emitida por la Superintendencia de Competencia Económica (SCE), que sustituye la guía vigente desde septiembre de 2021. La actualización recoge cambios normativos relevantes, incorpora desarrollos observados en otras jurisdicciones y proporciona herramientas más prácticas para la identificación, prevención y gestión de riesgos en materia de competencia económica.
Si bien la guía mantiene su carácter orientativo, sí refleja la visión actual de la autoridad sobre los elementos que debería contener un programa de cumplimiento eficaz. En ese sentido, constituye una referencia importante para evaluar si las políticas, controles y mecanismos de supervisión implementados por las empresas responden adecuadamente a los riesgos que hoy identifica la autoridad.
A diferencia de la versión de 2021, la Guía 2026 adopta un enfoque más operativo. Además de desarrollar conceptos generales de programas de cumplimiento, incluye recomendaciones específicas para distintos escenarios de riesgo, incorpora nuevas materias dentro del análisis de cumplimiento y profundiza en la forma en que las organizaciones pueden demostrar la efectividad de sus programas.
¿Cuáles son los principales cambios?
- El cumplimiento en materia de competencia se integra de manera más clara a la estructura de gobierno corporativo: la guía de 2026 incorpora por primera vez un capítulo específico sobre gobernanza y responsabilidades dentro de la organización. Se enfatiza el rol del directorio, la alta administración y los responsables de cumplimiento en la supervisión de los riesgos de competencia, promoviendo una integración de los programas de cumplimiento dentro de los procesos de toma de decisiones del negocio.
- La evaluación del programa de cumplimiento se concentra en su funcionamiento real y no únicamente en su existencia: la Guía 2026 abandona un enfoque centrado en documentos y políticas formales. La nueva guía insiste en que un programa debe demostrar capacidad real para prevenir, detectar y corregir riesgos. Para ello, incorpora referencias a auditorías, indicadores de desempeño, métricas de riesgo, investigaciones internas y evidencia verificable de funcionamiento.
Esto implica que ya no resulta suficiente contar con un código de conducta o realizar capacitaciones ocasionales. Las empresas deberán estar en capacidad de acreditar cómo opera efectivamente su programa.
- Las interacciones con competidores y asociaciones gremiales reciben un desarrollo más amplio: se incluye lineamientos dirigidos a prevenir intercambios indebidos de información comercial sensible y otros riesgos que pueden surgir durante reuniones sectoriales, actividades gremiales o espacios de coordinación empresarial.
- La contratación pública pasa a formar parte expresa de la gestión de riesgos de competencia: se incorporan recomendaciones para prevenir acuerdos anticompetitivos en licitaciones y otros procedimientos de contratación, así como controles destinados a garantizar la independencia en la preparación y presentación de ofertas.
- Las operaciones de concentración económica cuentan con orientaciones específicas: la Guía 2026 incorpora recomendaciones específicas para gestionar los riesgos asociados a operaciones de fusiones, adquisiciones y reorganizaciones empresariales. Entre otros aspectos, se enfatiza la necesidad de controlar el acceso a información sensible entre competidores y de evitar actuaciones que puedan interpretarse como una ejecución anticipada de la operación antes de obtener las autorizaciones correspondientes
- Se incorporan escenarios de riesgo relacionados con el uso de tecnologías digitales se incluye un capítulo dedicado a riesgos asociados a algoritmos, plataformas digitales, uso de datos e inteligencia artificial, un tema totalmente ausente en la guía de 2021. La autoridad reconoce que determinadas herramientas tecnológicas pueden generar riesgos de coordinación, intercambio de información sensible o toma automatizada de decisiones con potencial impacto en la competencia.
- La competencia desleal pasa a formar parte del análisis integral de compliance: la Guía 2026 incorpora referencias a la Ley Orgánica de Regulación Contra la Competencia Desleal (LORCCD), ampliando el conjunto de riesgos que las empresas deberían considerar al diseñar o actualizar sus programas de cumplimiento.
- Los mecanismos internos de reporte y respuesta adquieren mayor relevancia: se incluye recomendaciones relacionadas con canales de denuncia, investigaciones internas, conservación de evidencia y adopción de medidas correctivas, como parte de un sistema de cumplimiento capaz de detectar y gestionar riesgos de manera oportuna.
La publicación de esta guía refleja la evolución del enfoque de la autoridad respecto de los programas de cumplimiento en materia de competencia económica. El mensaje de fondo es que las organizaciones deben contar con herramientas capaces de identificar riesgos específicos, generar evidencia de su funcionamiento y adaptarse a la realidad de cada negocio.
Para las empresas que ya cuentan con programas de cumplimiento, la actualización representa una oportunidad para revisar si los controles existentes continúan alineados con las expectativas regulatorias actuales. Para aquellas que aún no han desarrollado un programa formal, la guía ofrece criterios útiles para estructurar un sistema de cumplimiento acorde con su nivel de exposición y las características de su actividad económica.
Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL.