¿Cuáles son las condiciones actuales del Contrato Especial Emergente?
- Se confirma la vigencia de esta figura contractual, no se limitó o concluyó con la crisis de la pandemia del Covid-19.
- Aplica para la contratación de nuevas plazas de trabajo.
- Se mantiene el plazo de duración de un año.
- Se puede renovar hasta por un año más.
- Pasado el segundo año, el contrato se convierte en contrato a plazo indefinido.
- Este contrato puede pactarse por jornadas completas o parciales.
- La terminación anticipada y unilateral por el empleador genera el pago de indemnización por despido intempestivo a favor del trabajador, siendo esta su principal novedad.
¿Cuándo suscribir un contrato especial emergente?
Cuando se generen nuevas plazas de trabajo, especialmente en circunstancias temporales que busquen:
- Asegurar la sostenibilidad de la producción y las fuentes de ingresos ante situaciones emergentes.
- Nuevas inversiones.
- Creación de líneas de negocio, productos o servicios.
- Ampliaciones o extensiones del negocio.
- Modificaciones en el giro del negocio o el incremento en la producción de bienes o servicios.
¿Existen otras opciones contractuales que puedo celebrar para generar nuevas plazas de trabajo y que no sean de plazo indefinido?
Sí, actualmente existen varias opciones contractuales que se pueden celebrar, dependiendo de las condiciones particulares que determina la normativa laboral; entre los cuales podemos señalar:
- Contrato por obra o servicio determinado.
- Contrato Eventual.
- Contrato de Aprendizaje.
- Contrato Productivo.
- Contrato Juvenil.
- Contrato de Emprendimiento.
- Contrato para el sector turístico.
- Contrato de jornada parcial permanente.
En caso de dudas o inquietudes respecto de la mejor opción para la contratación del personal, no dude en contactarnos y brindaremos asesoría particular, a fin de evitar contingentes laborales.
Fuente: Sentencia No. 49-20-IN/25 de 14 de febrero de 2025, emitida por la Corte Constitucional, mediante la cual se declara la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario.
Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.