Tras la fusión entre el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI) y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), el Ministerio de Infraestructura y Transporte (MIT) emitió el Acuerdo Ministerial No. MIT-MIT-25-55-ACU, con el cual expidió el “Instructivo para el registro de proyectos inmobiliarios para la Aplicación de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo y su Reglamento General”, documento habilitante obligatorio para la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a proyectos inmobiliarios.
Este instructivo determina el procedimiento, requisitos, autoridad competente, forma de actualización, insubsistencia, y registro por etapas.
- REGISTRO DE PROYECTOS INMOBILIARIOS
- Enviar una petición de registro de proyecto inmobiliario junto con los siguientes requisitos:
- Declaración Responsable en el formato del MIT.
- Título habilitante municipal (permiso de construcción o su similar)
- Cédula del solicitante o su equivalente digital válido.
- RUC en estado activo del solicitante.
2. Los documentos deben enviarse al correo institucional: tramites@mit.gob.ec
3. El MIT revisa la documentación en un plazo máximo de 5 días término.
4. Si hay documentos incompletos o inconsistencias, se solicita corrección; el solicitante tiene 5 días para subsanar.
5. El MIT revisa la corrección en 3 días y determina si continúa el trámite; y en caso de presentar la información incorrecta o incompleta se archivará el requerimiento.
6. Si todo está conforme, se emite el Certificado de Registro del Proyecto Inmobiliario en un plazo máximo de 7 días; o 4 días si hubo convalidación de información.
7. La resolución se notifica vía Quipux y correo electrónico al solicitante.
- TRÁMITES PERMITIDOS UNA VEZ EMITIDO EL REGISTRO DEL PROYECTO
1.Cambios o correcciones en la información presentada
- El titular puede solicitar la actualización o corrección de datos cuando existan modificaciones, la petición debe enviarse al correo: tramites@mit.gob.ec adjuntando los siguientes requisitos:
✓ Solicitud escrita.
✓ Número de registro que requiere actualización.
✓ Documentación actualizada.
- La actualización no cambia el número de registro ya asignado.
- El solicitante recibe el documento llamado “Actualización del registro de proyecto inmobiliario”, suscrito por el Director de Regulación, Ejecución y Control de Vivienda o quien haga sus veces.
- Si la actualización implica que el costo referencial del proyecto es menor al registrado inicialmente, la Subsecretaría de Vivienda debe informar al Servicio de Rentas Internas (SRI) para que este adopte las medidas que considere pertinentes.
2. Solicitud de insubsistencia de registro de proyecto inmobiliario
El titular puede pedir que el registro sea dejado sin efecto cuando ya no desee que el proyecto conste como registrado. Para ello:
Debe presentar solicitud escrita al correo: tramites@mit.gob.ec a la cual debe adjuntar los siguientes requisitos:
- La solicitud de insubsistencia, y
- La referencia del registro emitido previamente (el certificado sus datos).
La Dirección de Regulación, Ejecución y Control de Vivienda revisará la solicitud. Y la insubsistencia se emitirá mediante oficio suscrito por el Director de dicha Dirección.
- El peticionario solo puede solicitar la insubsistencia una sola vez.
- Si luego intenta registrar nuevamente el mismo proyecto, la solicitud se archivará y se notificará al solicitante, pues no se registrará un proyecto que ya fue declarado insubsistente.
3. Registro de proyectos por etapas
Aplica cuando el proyecto inmobiliario se desarrolla dentro de un macro lote en fases (obras urbanísticas, viviendas unifamiliares, multifamiliares, comercios, oficinas, equipamientos, etc.).
Para ello:
- En la declaración responsable, el solicitante debe indicar el nombre del proyecto y la etapa específica a la que corresponde la información.
- A la primera etapa se le asigna un código de registro.
- A las etapas siguientes se le añade al código inicial un número secuencial, para identificar cada fase.
- La Dirección encargada de la revisión debe crear el procedimiento interno para la correcta asignación de estos códigos.
Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.