NUEVO REGLAMENTO DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS Y PRIVADAS

NUEVO

📜 ¿Qué establece este nuevo Reglamento?

Contiene las disposiciones técnicas en materia de seguridad en el trabajo y prevención de riesgos laborales, que deben implementar los empleadores del sector de la construcción, con el fin de precautelar la seguridad y salud de los trabajadores en los lugares y/o centros de trabajo.

Las nuevas disposiciones son de obligatorio cumplimiento para todas las obras públicas y privadas del sector de la construcción, incluidas aquellas que involucren actividades de modificación, reparación, readecuación, mantenimiento y demás actividades de construcción.

¿Qué debo hacer si soy empleador del sector de la construcción?

Estas obligado a actualizar el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional, alineándolo con los nuevos lineamientos establecidos por el Ministerio del Trabajo.

 

Plazos establecidos por el Nuevo Reglamento:

  • 1 mes – el Ministerio publicará el formato oficial de registro de incidencias de seguridad y prevención de riesgos laborales

 

  • 4 meses – el Ministerio del Trabajo actualizará la plataforma para el registro de:
    • Ubicación de la obra.
    • Técnico de seguridad.
    • Residente de obra.
    • Tiempo de duración de la obra.
    • Plan de trabajo en caso de demolición, o definición de estructuras.
  • 18 meses – los profesionales deben obtener la certificación por competencias laborales en actividades de la construcción.
  • 18 meses – los empleadores deben cumplir con el personal técnico especializado y certificado.

 

🚨 Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de esta obligación podrá ser sancionado conforme al Código del Trabajo y demás normativa vigente, incluyendo:

  • Multas económicas impuestas por el Ministerio del Trabajo
  • Suspensión temporal de actividades
  • Responsabilidad civil en caso de accidentes laborales
  • Posibles acciones administrativas y sancionatorias

 

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