Mediante el Cuarto Suplemento del Registro Oficial No. 100, del 12 de agosto de 2025, se publicó el Acuerdo Nro. PR-SGIP-2025-0009-A, suscrito por el Secretario General de Integridad Pública, que expide las Disposiciones Transitorias para el correcto funcionamiento de los procedimientos de contratación pública.
A continuación un resumen, con los principales aspectos de las normas:
- En los asuntos, materias y/o procedimientos cuyas disposiciones del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública entren en régimen de transición, se continuará aplicando la normativa vigente hasta antes de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Integridad Pública.
- Se extiende el periodo de transición de la adecuación y desarrollo del portal de Compras Públicas, así como el del Registro Único de Proveedores (RUP), hasta el 15 de enero de 2026.
- En 45 días desde la presente resolución, el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) parametrizará la herramienta correspondiente para viabilizar la aplicación de los estudios de desagregación tecnológica en los procedimientos de Licitación de Obras.
- Entran a régimen de transición las disposiciones reglamentarias respecto a la información que contendrá el RUP, en relación a la valoración de integridad y debida diligencia.
- Se emitirá la ficha digital que se denominará “Perfil de Proveedor”, la cual será requisito indispensable para la obtención y actualización del RUP.
- Entra en régimen de transición la verificación de producción nacional como parte del procedimiento de inscripción y habilitación del RUP, hasta que el SERCOP oficialice la respectiva herramienta.
- Hasta el 15 de enero de 2026 se mantiene el régimen de transición respecto de las atribuciones de control del SERCOP en los procesos de contratación, a través del uso de herramienta del sistema; en la medida que no requieran actualización de la herramienta, las atribuciones serán de inmediata aplicación.
- Hasta el 15 de enero de 2026, el SERCOP receptará y dará trámite única y exclusivamente a los reclamos ingresados a través del Portal de Contratación Pública. Por lo tanto, aquellos reclamos ingresados por un medio distinto no serán atendidos.
- Una vez implementadas las herramientas tecnológicas para la interoperabilidad de sistemas, el SERCOP emitirá la metodología oficial para la determinación de vinculaciones en los procedimientos de contratación pública
- En 120 días se expedirá la normativa, que regulará la selección de proveedores en compras corporativas de fármacos, y las atribuciones y funcionamiento del Comité Interinstitucional de Medicamentos.
Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.