Mediante Resolución Nro. ARCONEL-006/25, del 30 de junio de 2025, la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL) aprobó la reforma al Pliego Tarifario del Servicio Público de Energía Eléctrica para el año 2025.
Entre los principales cambios se encuentran:
- Reforma del nivel tarifario para los consumidores de energía eléctrica en medio voltaje (MV) y grupo de Alto Voltaje (AV1).
Para el sector industrial, las tarifas son:
Medio Voltaje (MV)
Rango horario
|
Antes (USD/kWh)
|
Ahora (USD/kWh)
|
L-V 08:00 hasta 18:00 horas | 0,0927
|
0,1178
|
L-V 18:00 horas hasta 22:00 horas | 0,1067
|
0,1318 |
L-V 22:00 hasta 08:00 horas | 0,0750
|
0,1001 |
S,D,F 18:00 hasta 22:00 horas | 0,0927 | 0,1178 |
Demanda: Se mantiene en 4,576 USD/kW-mes Comercialización: Se mantiene en 1,414 USD/consumidor |
Alto Voltaje (AV1)
Rango horario
|
Antes (USD/kWh)
|
Ahora (USD/kWh)
|
L-V 08:00 hasta 18:00 horas | 0,0867 | 0,1097
|
L-V 18:00 horas hasta 22:00 horas | 0,0997
|
0,1227
|
L-V 22:00 hasta 08:00 horas | 0,0750
|
0,0980 |
S,D,F 18:00 hasta 22:00 horas | 0,0867 | 0,1097 |
Demanda: Se mantiene en 4,400 USD/kW-mes Comercialización: Se mantiene en 1,414 USD/consumidor |
- Se mantienen las tarifas para AV2, bajo voltaje (BV), y usuarios sociales sin fines de lucro.
- Se actualiza el umbral de penalización por bajo factor de potencia a 0.94, conforme el numeral 4.6.6 del Pliego Tarifario vigente.
- Las nuevas tarifas se aplicarán desde el consumo de julio de 2025, con facturación a partir del 1 de agosto de 2025.
Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.