Mediante Registro Oficial No. 64, del 20 de junio de 2025, se promulgó la Ley Orgánica Reformatoria a Diversos Cuerpos Legales para Garantizar los Derechos Laborales de las Personas con Discapacidad, Enfermedades Raras, Huérfanas, Catastróficas y de Alta Complejidad y sus sustitutos, entre los cuales constan cambios al Código de Trabajo, aplicables a los empleadores del sector privado y general.
Obligaciones del empleador:
- Adaptación del Puesto de Trabajo:
- El empleador deberá realizar los ajustes razonables y necesarios en el puesto de trabajo para que el trabajador con enfermedad rara, huérfana, catastrófica y de alta complejidad pueda desempeñar sus funciones.
- Esto incluye la modificación de horarios, teletrabajo, reducción de jornada laboral y adaptación de las condiciones físicas del lugar de trabajo asegurando un ambiente médicamente saludable.
- Registro y Reporte:
- Los empleadores deberán registrar ante el Ministerio del Trabajo y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) todos los casos de enfermedades raras, huérfanas, catastróficas y de alta complejidad diagnosticadas a sus trabajadores, garantizando la confidencialidad y protección de la información médica.
Incentivos no Económicos:
- Certificación de buenas prácticas laborales:
Los empleadores que contraten o mantengan en sus puestos de trabajo a trabajadores con las referidas condiciones médicas, serán reconocidos con certificaciones de buenas prácticas laborales por parte del Ministerio del Trabajo.
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