Servicio de Rentas Internas reforma el anexo de reporte de operaciones y transacciones económicas financieras
3 de abril 2023
El 30 de marzo de 2023 se publicó en el Registro Oficial – Suplemento 280, la Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000011, que reformó la resolución que previamente aprobó el anexo de reporte de operaciones y transacciones económicas (ROTEF). A continuación, se detallan sus principales aspectos:
- La información deberá presentarse en los siguientes módulos:
- Módulo de información de cuentas de ahorros, corrientes básicas y otras: se reportarán las transacciones cuando la sumatoria de débitos y créditos en un mes calendario sea mayor o igual a USD 5.000, o su equivalente en otras monedas.
- Módulo de inversiones: se deberá reportar cuando el total de las inversiones en estado activo tenga un capital mayor o igual a USD 5.000, o su equivalente en otras monedas.
- Módulo de préstamos: se reportación la información de las operaciones crediticias agregadas por el cliente.
- Módulo de consumos con tarjeta de crédito: se reportará la información de las operaciones de consumo efectuadas con tarjetas de crédito, agregadas por cliente.
- La información se debe presentar en el formato publicado en la página web del SRI.
- El vencimiento de la presentación del ROTEF para los 3 primeros meses del ejercicio fiscal 2024, se realizará en abril de 2024 según el noveno dígito del RUC.
Fuente: Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000011, publicada en el Registro Oficial – Suplemento 280, de 30 de marzo de 2023.
Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.
Deja un comentario