PROGRAMA DE DIFERIMIENTO EXTRAORDINARIO Y TEMPORAL DE OBLIGACIONES FINANCIERAS

6 de noviembre 2024

El 5 de noviembre del 2024, la Presidencia Constitucional de la República del Ecuador emitió el Decreto Ejecutivo No. 444, que permite la instauración del programa de diferimiento extraordinario y temporal de obligaciones financieras por entidades públicas, privadas y del sector popular y solidario.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:

Todo sujeto a la regulación que al efecto emita la Junta de Política y Regulación Financiera.

En caso de requerir más información sobre la aplicación del programa de diferimiento de obligaciones por entidades financieras, comunícate con el equipo de AVL Abogados.

Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés y por tanto no podrá ser considerada como una asesoría provista por AVL. Cualquier inquietud comunícate con el equipo de AVL Abogados.

AUTOR

AVL

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