Procedimiento amnistía migratoria para ciudadanos venezolanos y su grupo familiar, que no registraron ingreso a territorio ecuatoriano por puntos de control oficiales y que hayan efectuado el registro de permanencia migratoria

8 de septiembre 2023

Mediante Acuerdo Ministerial No.007, el Ministro del Interior emitió el Procedimiento de amnistía migratoria para los ciudadanos venezolanos y su grupo familiar, que no registraron su ingreso a territorio ecuatoriano por puntos de control migratorio oficiales y que hayan efectuado el registro de permanencia migratoria, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo Nro. 753.

Este proceso de amnistía va dirigido para aquellos ciudadanos venezolanos y su grupo familiar que no hayan registrado su ingreso a territorio ecuatoriano por puntos de control migratorio oficiales y que cumplieron con el Registro de Permanencia Migratoria dispuesto en el Decreto Ejecutivo Nro. 436 de 01 de junio de 2022, y conforme el cronograma establecido en el Acuerdo Ministerial 007, de 17 de agosto de 2022, siempre que se acojan al proceso de regularización previsto por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Es importante indicar que el Certificado de Permanencia Migratoria no constituye una visa, y no se otorgará a los ciudadanos venezolanos que sean consideradas como una amenaza o riesgo para la seguridad pública y estructura del Estado ecuatoriano, para lo cual no deberán constar en los registros de las instituciones del Estado relacionadas con el orden público y la seguridad ciudadana.

El proceso de regularización migratoria amerita la extensión del Certificado de Permanencia Migratoria; se extenderá la vigencia de los mismos, hasta el 17 de abril de 2024, en relación con el plazo previsto en el artículo 3, inciso 4 del Decreto Ejecutivo Nro. 753 de 05 de junio de 2023.

Los ciudadanos venezolanos que cuenten con un Certificado de Permanencia Migratoria, no serán sujetos a un procedimiento administrativo de deportación, durante el proceso de regularización migratoria.

Los ciudadanos venezolanos deberán portar sus documentos de identidad o de viaje, y el Certificado de Permanencia Migratoria, durante el proceso de regularización.

En el caso de presentar alguna duda sobre este nuevo cuerpo normativo, estamos prestos a responder cualquiera de sus inquietudes.

Fuente: Acuerdo ministerial promulgada en el Registro Oficial No. 388 de 04 de septiembre de 2023.

Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés y por tanto no podrá ser considerada como una asesoría provista por AVL. Cualquier inquietud comunícate con el equipo de AVL Abogados.

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AVL

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