Reglamento General

OBLIGACIONES LABORALES PARA EMPRESAS CON 50 O MÁS TRABAJADORES

7 de junio 2024

Recordamos las obligaciones laborales cuando la nómina supera los 50 trabajadores:

  1. Obligación de contratación de jóvenes por el 10% de la nómina
  • El empleador público o privado que cuente con un número mínimo de 50 trabajadores está obligado a contratar, al menos el 10% de jóvenes, de manera progresiva, sin perjuicio del porcentaje de personas con discapacidad.
  • Para efecto de contratación, joven es la persona de entre 18 y 29 años, sin experiencia laboral previa, bachilleres o egresados de programas de educación técnica, tecnológica y pregrado o aquellos jóvenes que acrediten sus prácticas, pasantías y servicio a la comunidad como experiencia laboral.

2. Plan de Igualdad:

  • El Plan de Igualdad es el conjunto de medidas que tienen como objetivo esencial alcanzar dentro de una empresa o centro de trabajo, la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, además de eliminar la discriminación por razón de género.
  • El plan de acción para su cumplimiento implica:
  • Diagnóstico: a fin de determinar los riesgos de discriminación y obtención de información cualitativa y cuantitativa, en base a niveles de cargos o puestos en la Compañía.
    • Designación del Comité de Igualdad1
    • Diseño e Implementación del Plan de Igualdad en base a los hallazgos, que incluya medidas preventivas y de mejoramiento progresivo conforme los criterios de la autoridad.
    • Monitoreo y evaluación, que incluye socialización del plan de igualdad.
  • Plazo máximo de registro del Plan de Igualdad se cumple el 31 de julio de 2024.

Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.

AUTOR

AVL

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