SUPERINTENDECIA DE PROTECCIÓN DE DATOS EMITE LA RESOLUCIÓN Nº SPDP-SPDP-2024-0007 -R

4 de octubre 2024

El 30 de septiembre del 2024, la Superintendencia de Protección de Datos (SPDP) suscribió la Resolución Nº SPDP-SPDP-2024-0007 -R con la cual se expiden las disposiciones, delegaciones, atribuciones, competencias, funciones, y responsabilidades a los servidores públicos de la Superintendencia de Protección de Datos.

1. ¿A QUIÉN APLICA ESTA RESOLUCIÓN?

La resolución emitida está dirigida a las autoridades, funcionarios, servidores públicos y trabajadores de la SPDP.

2. GESTIÓN DE LOS PROCESOS SUSTANTIVOS

a. Intendente General de Innovación Tecnológica y Seguridad de Datos Personales:

1. Crear, dirigir y administrar los:

i. Registro Nacional de Protección de Datos Personales;

ii. Registro Único de Responsables y Encargados Incumplidos;

iii. Registro Estadístico sobre Vulneraciones a la Seguridad de Datos Personales;

iv. Registro de los Responsables y Encargados del Tratamiento de Datos Personales;

v. Registro de Apoderados Especiales de Responsables, Conjuntos o no, y Encargados Extranjeros que realicen actividades de tratamiento de datos personales;

vi. Registro de Mecanismos de Autorregulación; vii. Registro de Información sobre Transferencias Internacionales; y

viii. Demás registros de protección de datos personales que establezca el ordenamiento jurídico vigente;

2. Emitir las resoluciones de autorización para la transferencia internacional de datos;

3. Establecer directrices para el análisis, evaluación y selección de medidas de seguridad de los datos personales; y

‘4. Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia que le asigne la máxima autoridad y las establecidas en la legislación y normativa vigente.

b. Intendente General de Regulación de Protección de Datos Personales

1. Emitir normativa general o técnica necesaria para el ejercicio de sus competencias y la garantía de derechos de protección de datos personales.

2. Dictar las cláusulas estándar de protección de datos;

3. Atender consultas en materia regulatoria de protección de datos personales;

4. Ejercer la representación internacional en materia de protección de datos personales;

5. Emitir directrices para el diseño y contenido de la política de tratamiento de datos personales;

6. Emitir la normativa que regula los mecanismos de autorregulación previstos en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y su Reglamento;

7. Emitir y publicar periódicamente las guías normativas relativas a la protección de datos personales; y,

8. Ejercer las demás atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia que le asigne la máxima autoridad y las establecidas en la legislación y normativa vigente.

c. Intendente General de Control y Sanción

1. Dirigir y ejercer la supervisión, control y evaluación de las actividades efectuadas por los responsables, los responsables conjuntos y los encargados del tratamiento de datos personales;

2. Ejercer la potestad sancionadora respecto de responsables, responsables conjuntos, delegados, encargados y terceros;

3. Conocer, sustanciar y resolver los reclamos de los titulares;

4. Realizar auditorías técnicas a los sujetos que realicen o aparentaren realizar el tratamiento de datos personales;

5. Realizar inspecciones a los sujetos que realicen o aparentaren realizar el tratamiento de datos personales 6. Ejercer el control de las resoluciones de autorización para las transferencias internacionales de datos;

3. GESTIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Se delega al Director Administrativo Financiero las atribuciones y responsabilidades, legales y reglamentarias, establecidas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General.

4. GESTIÓN DE RECAUDACIÓN

Se delega al Director Administrativo Financiero para:

1. Ejecutar las garantías o pólizas de seriedad de la oferta, fiel cumplimiento y responsabilidad civil; y 2. Realizar el análisis de los requerimientos presupuestarios de las unidades administrativas de la Superintendencia de Protección de Datos Personales y elaborar los informes que al efecto correspondan para las reformas presupuestarias.

5. ORDENADRES DE GASTO Y PAGO

Se designa a Dirección Administrativa Financiera como responsable de la gestión administrativa. 6. GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DEL TALENTO HUMANO Se delega al Director Administrativo Financiero, para que a nombre y en representación de la máxima autoridad, atribuciones y responsabilidades respecto a la gestión de talento humano.

7. GESTIÓN DE LOS BIENES INSTITUCIONALES Y OTROS

Se delega a la Dirección Administrativa Financiera como responsable de la gestión de bienes de la SPDP.

8. GESTIÓN FINANCIERA

Se delega al Director Administrativo financiero a la gestión de finanzas, caja chica, asignación presupuestaria, ingresos y egresos de la SPDP

9. GESTIÓN DE LA ASESORÍA JURÍDICA Y EL PATROCINIO

Se delega al Director de Asesoría Jurídica la representación legal judicial y extrajudicial de la SPDP ante cualquier proceso litigioso de cualquier índole, contencioso o administrativo, y ejercer procuración judicial según el Código Orgánico General de Procesos para actuar como actor, demandado o tercerista en cualquier proceso previamente mencionado.

10. GESTIÓN DE LA PLANIFICACIÓN Y DE LA GESTIÓN ESTRATÉGICA

Se delega al Especialista de Planificación y Gestión Estratégica para coordinar, dirigir, controlar y evaluar la implementación de los procesos estratégicos institucionales a través de la gestión de planificación, seguimiento e inversión, administración por procesos, calidad de los servicios, tecnologías de información y gestión del cambio y cultura organizacional, aprobando y suscribiendo los procesos necesarios para optimizar la gestión estratégica de la SPDP.

11. GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN SOLICITADA POR LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO

Se delega al Director Administrativo Financiero y/o al Especialista de Planificación y Gestión Estratégica para ejercer las atribuciones y obligaciones específicas determinadas en los artículos 76 y 77, numerales 1, 2, 3 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado 12.

DE LA GESTIÓN EN GENERAL

Sin perjuicio de las disposiciones emitidas y atribuciones delegadas, los Intendentes Generales, Directores, Especialistas y demás funcionarios mencionados en el presente instrumento, quedan facultados para emitir y suscribir todo acto administrativo o documento necesario para el cumplimiento de la gestión propia de las unidades administrativas a su cargo.

En virtud de todo lo expuesto la SPDP ha dispuesto que todos los delegados mencionados en la resolución deberán realizar un informe anual sobre las funciones realizadas.

Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.

AUTOR

AVL

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