Nuevo marco normativo de la generación distribuida para el autoabastecimiento de consumidores regulados de energía eléctrica
2 de octubre 2024
Mediante Sesión de Directorio de la Agencia de Regulación y Control de Electricidad – ARCONEL – de 25 de septiembre de 2024, se expidió la Regulación Nro. ARCONEL-005/24, que contiene el nuevo marco normativo de la generación distribuida para el autoabastecimiento de consumidores regulados de energía eléctrica.
- ¿Qué es el Sistema de Generación Distribuida para al Autoabastecimiento (SGDA)?
Son los equipos para la generación de energía eléctrica que aprovechan un recurso natural renovable no convencional (ej. Energía solar, eólica, etc) para el autoabastecimiento de los consumidores finales, y que se conectan a una red de distribución (ej. Empresa Eléctrica Quito). Por lo general, se tratan de paneles solares instalados para la generación de energía eléctrica para el consumo del usuario final.
Los excedentes de energía generada y no consumida podrán ser inyectados a la red de distribución y se aplicará un neteo de energía, determinando si existe o no un crédito a favor del consumidor.
- ¿Cuáles son los principales cambios con la nueva regulación de SGDA?
- 💡 La capacidad de generación del SGDA estará determinada a la capacidad de la red en el punto de conexión aprobada por la distribuidora.
- 💡 No es necesario acreditar la propiedad del SGDA, se puede justificar con el arriendo del SGDA.
- 💡 Se prohíbe la venta de energía eléctrica mediante SGDA.
- 💡 Se permite contratar con terceros para ejercer las actividades de diseño, instalación, operación, mantenimiento, gestión, vigilancia, y desmantelamiento del SGDA.
- 💡 Se elimina la obligación de contar con una póliza de responsabilidad civil previo a la construcción del SGDA.
- 💡 Las distribuidoras serán las encargadas de realizar los estudios técnicos para determinar la factibilidad de conexión del SGDA.
- 💡 Los consumidores regulados deberán pagar peajes por distribución a partir del año 2029.
- 💡 Los SGDA Categoría 2 deberán pagar una tasa a la distribuidora para los trámites para obtener la factibilidad de conexión (incluye estudios eléctricos), certificado de habilitación, inspección y pruebas del SGDA.
Esta información es un resumen de novedades jurídicas de interés, y por tanto no podrá ser considerada como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.
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