OBLIGACIONES DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO PARA ENERO DE 2023
30 de enero 2023
Las siguientes entidades están obligadas a contar con un Oficial de Cumplimiento y reportar ante la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE):
- Instituciones del sistema financiero, compañías de seguros y las filiales extranjeras de estas entidades.
- Bolsas y casas de valores.
- Administradoras de fondos y fideicomisos.
- Cooperativas, fundaciones y organismos no gubernamentales.
- Personas y empresas que se dediquen a la comercialización de vehículos, embarcaciones, naves y aeronaves.
- Personas y empresas que se dediquen a la inversión e intermediación inmobiliaria y a la construcción.
- Empresas dedicadas al servicio de transporte nacional e internacional de dinero, encomiendas o paquetes postales, correos y correos paralelos, incluyendo sus operadores, agentes y agencias.
- Agencias de turismo y operadores turísticos.
¿Qué deben reportar ante la UAFE los oficiales de cumplimiento?
- Reportes mensuales de transacciones que igualen o superen el umbral de US$ 10.000.
- Reportes en caso de transacciones inusuales, injustificadas o sospechosas (ROII)
- Reporte de empresas “no habituales”.
- Las operaciones y transacciones señaladas, incluirán aquellas realizadas con jurisdicciones consideradas como paraísos fiscales.
¿Qué obligaciones deben cumplir en enero de cada año los Oficiales de Cumplimiento?
- Presentar a la junta general de socios o accionistas, un informe anual de sus actividades y metas cumplidas y el plan de trabajo para el año en curso.
- Corresponde a la junta general de accionistas o de socios de la compañía, conocer y aprobar hasta el 31 de enero de cada año, el plan de trabajo del año en curso y el informe del año anterior.
Adicionalmente se debe tomar en cuenta que:
A partir del 31 de mayo de 2022, las compañías que actualmente cuentan con su Manual de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos, deben actualizar este documento y registrarlo en línea ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) previa la aprobación de la junta general de socios o accionistas.
Fuente: Resolución No. UAFE-DG-SO-2017-0005 publicada en el Registro Oficial No. 114 de 7 de noviembre de 2017.
Esta información contiene un resumen de las novedades jurídicas y por tanto no podrá ser considerado como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.
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