SOLUCIÓN MUNDIAL ANTE LOS DESAFÍOS TRIBUTARIOS POR LA DIGITALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA
23 de diciembre 2022
La digitalización de la economía ha reformado la dinámica y la competencia del comercio mundial, mediante la creación de nuevos mercados o transformando los existentes, convirtiendo a la recaudación tributaria de los países en un desafío debido al rápido desarrollo de los mercados, nuevas tendencias comerciales y nuevos nichos de elusión fiscal ante la falta de una normativa acorde con la realidad.
Recordemos que uno de los principios de aplicación de la ley se refiere a la territorialidad, es decir una ley es aplicable generalmente dentro de las fronteras de un país. Pero con la digitalización de la economía los límites se han vuelto difusos.
Con este objetivo, dentro del “Marco Inclusivo para evitar la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios” (BEPS), 138 países y jurisdicciones se unieron bajo la llamada “Declaración de Solución de Dos Pilares para abordar los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía”. Estos dos pilares, se resumen en lo siguiente:
PILAR UNO – REASIGNACIÓN DE DERECHOS IMPOSITIVOS
Su propósito es garantizar una distribución más justa de las ganancias y derechos impositivos entre los países con respecto a las empresas multinacionales más grandes, incluidas las empresas digitales y comprende la reasignación de algunos derechos impositivos sobre multinacionales desde sus países de origen a los mercados en los que realizan actividades comerciales y obtienen beneficios, independientemente de si éstas tienen presencia física allí.
Para el pilar uno, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD) ha identificado como sujetos a este control a 100 empresas multinacionales, esperando aumentar este número acorde con los resultados futuros de su implementación.
PILAR DOS: MECANISMO ANTI-EROSIÓN MUNDIAL DE LA BASE IMPONIBLE
Con el pilar dos, se busca poner un piso a la competencia sobre el impuesto a las ganancias corporativas mediante la introducción de una tasa impositiva corporativa mínima global, que los países pueden usar para proteger sus bases imponibles, estimándose por parte de la OECD en un una tasa mínima del 15%. De esta forma, también surgirán beneficios para la estabilización del sistema fiscal internacional y mayor seguridad fiscal para los contribuyentes y las administraciones tributarias.
Para el pilar dos, el objetivo es llegar a un rango más amplio de empresas multinacionales con ingresos de al menos 750 millones de euros, lo que significará cientos de compañías a nivel mundial.
Los países de la región suscriptores de esta declaración son Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Paraguay, Perú y Uruguay. Ecuador no forma parte de esta declaración. El listado completo de países puede ser consultado en el siguiente link:
Fuente: www.oecd.org
Esta información contiene un resumen de asuntos jurídicos de interés y por tanto no podrá ser considerado como asesoría provista. Cualquier inquietud, comunícate con el equipo de AVL Abogados.
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