Anexo sobre Reporte de Información de Bienes Inmuebles y Espectáculos Públicos
2 de septiembre 2022
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000041, emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI), se expidió el “Anexo sobre reporte de información de bienes inmuebles y espectáculos públicos”.
OBLIGADOS A REPORTAR
Los Gobiernos Autónomos Descentralizados se encuentran obligados a presentar al Servicio de Rentas Internas, la información que consta en sus catastros y registros públicos sobre:
a) Bienes inmuebles; y,
b) Espectáculos públicos ocasionales que cuenten con la participación de extranjeros no residentes en el Ecuador.
¿QUÉ SE DEBE REPORTAR?
•Para el caso de bienes inmuebles, se deberá reportar toda actualización o nueva información que hubiere sido registrada con corte al 31 de diciembre del año anterior a la fecha de presentación del anexo.
•Para el caso de información sobre espectáculos públicos, se reportará la información por las transacciones realizadas durante el período de enero a diciembre del año anterior a la fecha de presentación del anexo.
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