ENVÍO DEL REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS

DIRECTRICES PARA EL ENVÍO DEL REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS

20 de abril 2022

La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) emitió, mediante Resolución No. UAFE-DG-2022-0096, las Directrices para el Envío del Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS).

¿Qué son operaciones sospechosas?

•De acuerdo a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos, son aquellos movimientos económicos, de personas naturales o jurídicas, que no guarden correspondencia con el perfil económico y no puedan sustentarse.

¿En cuanto tiempo se debe reportar?

•En el plazo de 4 días, contados desde la fecha en que conoció el comité de cumplimiento sobre la operación. En los casos que no exista tal comité, se contará desde que tenga conocimiento el sujeto obligado.

Los ROS se clasificarán de la siguiente manera:

•Inicial: Generación por primera vez de un reporte ROS de personas naturales o jurídicas.

•Tentativa: Cuando existe la intención de realizar una operación inusual, injustificada o sospechosa. Se tomará en cuenta que se inició una relación comercial, pero no se concretó.

•Corrección: Consiste en correcciones a un ROS inicial.

•Ampliado: Cuando se presenta un alcance a un ROS, debido a que ha sido posible acceder a más información.

AUTOR

AVL

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