Manual Operativo para Establecimiento de Zonas Especiales de Desarrollo Económico

21 de junio 2021

  • El 15 de junio de 2021 se publicó en el Registro Oficial Suplemento 473 la Resolución GSEP-2021-012 que contiene el Manual operativo para el establecimiento, funcionamiento, supervisión y control de zonas especiales de desarrollo económico.
  • El objetivo del Manual es describir el procedimiento para autorizar administradores, calificar operadores y  contratistas de ingeniería y construcción de una Zona de Desarrollo Económico (ZEDE).

Procedimiento para la modificación del área, tipología, ampliación de la tipología y extensión vigencia de las ZEDE

1. Solicitud motivada de la redelimitación ante el Gabinete Sectorial Económico y Productivo.

2. La solicitud debe incluir toda la información y documentación que la sustente dependiendo del tipo de solicitud.

3. El Gabinete Sectorial enviará la solicitud a la Unidad Técnica Operativa Responsable para su revisión y análisis.

4. Si se verifican todos los requisitos se emitirá la resolución y se le notificará al solicitante, al Ministerio, al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) y al Servicio de Rentas Internas (SRI).

Un administrador de ZEDE podrá solicitar la extensión del plazo de vigencia de la ZEDE que administra, las veces que considere convenientes; sin embargo, los beneficios por instalarse en una ZEDE estarán sujetos a los plazos máximos previstos en la Ley.

Procedimiento para la autorización del Administrador de la ZEDE

1. Solicitud motivada ante el Gabinete Sectorial Económico y Productivo.

2. La solicitud debe incluir toda la documentación prevista en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI).

3. El Gabinete Sectorial enviará la solicitud a la Unidad Técnica Operativa Responsable para su revisión y análisis.

4. Si se verifican todos los requisitos se emitirá la resolución que será publicada en el Registro Oficial.

5. Los administradores deberán rendir una garantía general amplia y suficiente ante el SENAE.

Obligaciones de los administradores

Los administradores de las ZEDE tendrán las siguientes obligaciones:

  • Emitir un reglamento con la determinación de los requisitos de calificación como proveedor o prestador del servicio.
  • Solicitar la aprobación para servidores de apoyo.
  • Aprobar a los prestadores de servicios de apoyo.
  • Registrar todo ingreso y salida de bienes por parte de los prestadores de servicios de apoyo o soporte.

Procedimiento para la calificación y ampliación de operadores de la ZEDE

1. Solicitud motivada ante el Gabinete Sectorial Económico y Productivo.

2. La solicitud debe incluir una propuesta de mecanismos de transferencia tecnológica y una propuesta de inclusión de programas académicos.

3.En los casos de ampliación se debe incluir un análisis del mercado que permita identificar la demanda de los bienes y servicios que ofrecería con la ampliación.

4. El Gabinete Sectorial enviará la solicitud a la Unidad Técnica Operativa Responsable para su revisión y análisis.

5. Si se verifican todos los requisitos se emitirá la resolución que será publicada en el Registro Oficial

6. Se notificará al solicitante, al SENAE y SRI.

Procedimiento para la aprobación de prestadores de servicios de apoyo de la ZEDE

1. Solicitud motivada ante el administrador de la ZEDE con todos los requisitos del COPCI.

2. El administrador deberá solicitar el dictamen favorable de la Unidad Técnica del Gabinete Técnico.

3. Emisión del dictamen en un plazo no mayor a 30 días.

4. El plazo de aprobación será de hasta 5 años .

Procedimiento para registrar contratistas de Ingeniería, Procura y Construcción de la ZEDE

1. Cumplimiento de los requisitos para la celebración de este tipo de contratos.

2. Solicitud de registro  ante la Unidad Técnica Responsable.

3. Resolución y notificación al solicitante.

4. Elaboración del informe técnico.

Archivo de las solicitudes

Las solicitudes pueden ser archivadas en los siguientes casos:

  1. Falta de subsanación de las observaciones a las solicitudes.
  2. Falta de cumplimiento de requisitos y obligaciones requeridas.
  3. Vencimiento del plazo para la justificación de observaciones.

Aspectos importantes:

  • El administrador podrá solicitar la cancelación voluntaria de su autorización presentando una solicitud al Gabinete Sectorial Económico y Productivo.
  • El operador podrá solicitar la cancelación voluntaria de su autorización presentando una solicitud al Gabinete Sectorial Económico y Productivo.
  • El administrador puede solicitar la cancelación del operador bajo ciertas causales y previa autorización del Gabinete Sectorial Económico y Productivo.
  • A la llegada a la ZEDE se realizará una inspección de la carga por parte del administrador de la ZEDE.
  • La salida de las mercancías o bienes de capital de una ZEDE que ingresaron desde el exterior, con intención de permanecer de manera definitiva en el territorio aduanero no delimitado, se realizará aplicando al efecto todas las formalidades y procedimientos aplicables a la importación definitiva y cumpliendo con el pago de los tributos al comercio exterior.
  • El administrador puede solicitar la cancelación de la aprobación de servidor de apoyo.
  • Las mercancías que ingresen desde el exterior a una ZEDE son consideradas exoneradas de los tributos al comercio exterior mientras permanezca en el territorio delimitado.
  • Previo al levante de las mercancías el operador solicitará al administrador la autorización de salida.
  • El Manual prevé la posibilidad de realizar transferencias de dominio de mercancías entre administradores y operadores de la ZEDE.
  • Toda mercancía que ingrese o salga de una ZEDE se encuentra sujeta a controles.
  • Los administradores y operadores deben guardar por 5 años los documentos sobre los ingresos y egresos de la ZEDE, transferencias de dominio y procedimientos sancionatorios. Estos documentos deben almacenarse de forma física y electrónica.
  • Los administradores y operadores serán responsables por las actividades que se desarrollan dentro del área autorizada y responderán ante las entidades de control. Además, estarán sujetos a la supervisión y control directo de la Unidad Técnica Operativa responsable.
  • Los prestadores de servicios de apoyo o soporte serán controlados por el administrador de la ZEDE.
  • El administrador está obligado a permanecer interconectado permanentemente con la autoridad aduanera.
  • Todo operador de la ZEDE deberá presentar la Nómina Referencial de Mercancías que ingresará al área delimitada.
  • El Gabinete Sectorial Económico y Productivo podrá resolver la suspensión de la autorización otorgada a un administrador o la calificación a un operador por infracciones graves.
  • Toda movilización de mercancías dentro del país deberá contar con la correspondiente Guía de Remisión.

AUTOR

AVL

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